
La Cámara alta tiene previsto sancionar la ley que considera enfermedades a los trastornos alimentarios como la obesidad, la bulimia y la anorexia, por lo que las obras sociales y las empresas de medicina privada están obligadas a incluirlas en sus programas médicos. El proyecto fue aprobado en Noviembre en el Senado y modificado a principios de este año en Diputados, por lo que la Cámara alta deberá aceptar las modificaciones introducidas o rechazarlas e insistir con la sanción original. Entre otros puntos, el Senado intentará volver a introducir en el proyecto a la bulimia y a la anorexia como patologías, ya que esas patologías fueron desechadas por los Diputados. Además de incluir el tratamiento de las enfermedades, la norma establece la responsabilidad del Estado de realizar campañas de información y tareas de prevención y control sobre los trastornos alimentarios. El Senado aceptará uno de los cambios introducidos al texto por Diputados. Se trata de la obligación de incluir en determinados alimentos de elevado contenido calórico la leyenda "El consumo excesivo es perjudicial para la salud", en el mismo estilo de las advertencias que se aplican a los envases de cigarrillos o de bebidas alcohólicas. La iniciativa contiene también medidas antidiscriminatorias para quienes padecen trastornos alimentarios y establece los lineamientos para la realización, desde el Estado, de campañas de difusión dirigidas a la población y a los grupos de riesgo en particular.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario