16 mar 2009
PODRIA LLEGAR A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-16/03/09
Como estaba previsto, el gobierno nacional salió al cruce de la sentencia del Juez Federal subrogante Nº 2, Mario Racedo, quien ordenó suspender el cobro de las facturas emitidas por EDET tras la aplicación del aumento desmedido dispuesto por la polémica resolución Nº 1169/08 de la Secretaría de Energía de la Nación. El planteo de la Nación fue presentado el 26 de Febrero pasado con la firma de la abogada Karina Salas, en calidad de apoderada del Estado Nacional. En el escrito la letrada realizó una serie de cuestionamientos a la medida cautelar de Racedo y pidió que sea revocada por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, presidida por Ernesto Wayar. El Gobierno Nacional salió al cruce de la medida cautelar que dictó el Juez Federal Mario Racedo, quien ordenó la suspensión del cobro de las facturas de EDET con aumentos desmedidos dispuestos por la Nación y el PRET, en el marco de una denuncia presentada por el legislador Cano y usuarios autoconvocados. Tras una serie de cuestionamientos, apeló el 26 de febrero pasado la sentencia y pidió que sea revocada por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. El conflicto judicial podría llegar a la Corte de la Nación. En medio de múltiples protestas de usuarios afectados por montos exorbitantes, el 18 de Febrero último, Racedo dio lugar a la medida cautelar, en el marco de una acción de amparo presentada por el Legislador radical José Cano y representantes del Movimiento de Usuarios Autoconvocados, presidida por Carlos Petersen, para que se declare la inconstitucionalidad de la mencionada resolución nacional y de la Nº 475/08 emitida por el Ente Provincial Regulador de Energía de Tucumán (EPRET). En la demanda consideraron que ambos escritos violan los artículos 28 y 42 de la Constitución Nacional, dado que sus aplicaciones han derivado en “facturaciones que contienen valores irrazonables” desde el punto de vista económico. Ante el planteo, Racedo no sólo ordenó la suspensión del cobro de las polémicas facturas sino que también la restitución del dinero a aquellos usuarios que ya habían pagado la desmedida suba tarifaria. En sus cuestionamientos, la Nación atacó a los demandantes al asegurar la falta de legitimización de la asociación de los usuarios. “En el colectivo que proclaman defender existen intereses contrapuestos en torno a la aplicación de las normas atacadas. Su accionar podría, paradójicamente, estar perjudicando a parte del universo que dice estar representando”, sostuvo la abogada Salas, en referencia a que si no e aplica la medida tarifaria la mayoría tendría que asumir el costo que implicaría el subsidio al precio de la energía eléctrica. También objetó que la organización no está inscripta en el Registro Nacional de Asociación de Consumidores. En cuanto a la sentencia, aseguró que el Juez no justificó debidamente el cumplimiento del requisito para dar lugar a la medida cautelar. Además, que la sentencia omite considerar la totalidad de las normas aplicables. En el escrito, se puntualizó que el grupo de usuarios afectados por la resolución nacional (que surgió como consecuencia de la quita de subsidios a los generadores de energía) está integrado de la siguiente forma: 15.675 hogares que consumen más de 1.000 kwh por bimestre; 2.187 comercios que consumen más de 4.000 kwh por bimestre y; 118 grandes industrias. La semana pasada, Racedo elevó el planteo a la Cámara Federal, donde se emitirá la última palabra por lo menos en el ámbito provincial, ya que la polémica judicial podría llegar hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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