Ley de Medios: un fallo previsible que favorece a Clarín. La Corte Suprema confirmó en nueve hojas que no trata medidas cautelares. Por esa vía benefició a Clarín, al mantener de manera indirecta la vigencia del amparo que trabaja el artículo 161 de la ley de medios que fija un año para la venta de activos a multimedios como Clarín. Para intentar equilibrar el pronunciamiento, objetó que se “desnaturalice” la función de los amparos eternizándolos, pero no avanzó más allá. Porqué el gobierno se propinó una nueva derrota evitable. El gobierno de Cristina Kirchner bien pudo evitarse el disgusto de esta tarde, por el simple expediente de pedirle una opinión al ex canciller Rafael Bielsa. Es que esta abogado constitucionalista ya había anticipado que la Corte Suprema no iba a revocar el amparo que traba la estratégica cláusula de desinversión de la ley de medios. Como bien se encarga de señalar la Corte en su pronunciamiento, el máximo tribunal tiene una doctrina muy coherente y afianzada de rechazar el tratamiento de medidas cautelares.
Sólo abre esa posibilidad cuando se dan dos requisitos: que se trate una cuestión de materia federal y que la vigencia de la cautelar produzca un daño irreparable en el reclamante –como podría ser una prisión preventiva que se extienda por años-. En este caso la Corte no entendió que el gobierno sufriera un daño “irreparable” por la vigencia del amparo. Casi una ironía de los magistrados, si se tiene en cuenta lo neurálgica que es la implementación de ese artículo para los intereses del kirchnerismo, que vaya uno a saber porqué, están convencidos que sólo quebrando al Grupo Clarín van a lograr ganar las elecciones del año que viene. A esa ansiedad, la Corte le contestó recetándole un valium. Esto es, que en todo caso, se presenten ante el juez de primera instancia y le reclamen que por favor apresure el pronunciamiento de fondo. Es decir, que defina si el artículo 161 de la ley 26.522 -conocida como ley de medios-, es inconstitucional y afecta el derecho de propiedad, como sostienen los abogados del grupo, Daniel Fabio Cassino, Felipe Rodolfo Llerena y Alberto Garay. Una vez definido el fondo, apelado el pronunciamiento ante la Cámara Federal y allí resuelto, recién ahí la Corte se abocaría a tratar el tema. De mínima, el 2011 lejos. Es decir, el camino propuesto por los magistrados no sirve a la luz de los objetivos políticos del matrimonio gobernante. Y no sólo eso, la Corte se ocupó de aclarar que en este caso, a diferencia del amparo promovido por el diputado del peronismo opositor Enrique Thomas -que trababa en su globalidad la ejecución de la ley-, se trata de la impugnación de un mísero artículo, que en rigor sólo cuestiona una empresa, es decir el Grupo Clarín. En aquel amparo de Thomas, la Corte si se abocó porque se trataba de un claro conflicto de poderes lo que le daba la necesaria nota de gravedad institucional. Y como correspondía, para deleite del kirchnerismo confirmó la vigencia de la ley aprobada por el Congreso (ver columna adjunta). Pero en el caso analizado hoy, la Corte pareció divertirse con las angustias del gobierno minimizando la pelea: ¿qué gravedad institucional puede entrañar que un artículo, momentáneamente no se aplique a un simple grupo empresario? El kirchnerismo intentó disimular la derrota afirmando que el fallo ratificó la "vigencia" de la ley de medios. Una pavada monumental ya que nadie duda que esta ley esta vigente, lo que se discute es si se aplica o no al grupo Clarín el artículo 161. Pino Solanas pareció burlarse de los Kirchner al recordar por Twitter que la ley de medios tiene artículos más "importantes" como el abono social al cable o la cuota de pantalla para producciones locales.Un gesto para la tribuna (k)
Acaso influidos por Eugenio Zaffaroni, los magistrados en su conciso pronunciamiento de nueve fojas, se curaron en salud y también se permitieron un mimo para la Casa Rosada. Con mucha enjundia cuestionaron el uso excesivo de los amparos y su permanencia más allá de límites razonables. Puntualmente, subrayaron los jueces que en este caso se concedió la medida cautelar el 7 de diciembre del 2009; y la ley establece un plazo de desinversión de un año. Es decir que se está muy cerca de superar ese período, de manera que indirectamente la norma quedaría vulnerada. “Si la sentencia en la acción de fondo demorara un tiempo excesivo, se permitiría a la actora excepcionarse por el simple transcurso del tiempo”, subraya la Corte, en una frase que no hace otra cosa que confirmar los demonios del kirchnerismo. Esto es, que la estrategia de multiplicar amparos del Grupo Clarín, está siendo muy exitosa. Lo grave, para el gobierno, es que la Corte agrega a renglón seguido para evitar tan indeseada situación que “se considera conveniente la fijación de un límite para la medida cautelar”…pero se abstiene de fijarlo! Es decir, que queda a criterio del juez de primera instancia. Y casi como dándole una palmadita en la espalda al procurador del Tesoro, Joaquín da Roca, le sugiere que promueva ante ese juez “la fijación de un plazo”, por si acaso no se le ocurrió. Es decir, los siete prestigiosos integrantes del máximo tribunal, detrás de palabras que parecen muy favorables al gobierno, no hicieron otra cosa que entregarlo atado de pies y manos a un simple juez de primera instancia. Como en el juego de la Oca, la Corte mandó a Da Rocha y sus abogados Sergio Landín y Daniel Muñiz, nuevamente al inicio. Lo notable es que el gobierno no haya previsto este desenlace que podría anticipar cualquier estudiante más o menos aplicado de derecho constitucional. O peor aún, que previéndolo, igual haya decidido avanzar con su marcha a Tribunales, Hebe de Bonafini mediante. O bien al kirchnerismo le gusta magnificar sus derrotas, y mejor aún, inventarlas donde no las hay, o bien algo serio está pasando con el diseño de las iniciativas políticas de los Kirchner.
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