23 nov 2010

TRATAN EL TEMA DE LAS PREPAGAN EN EL SENADO

Prepagas: confirman que mañana se tratará la ley, pese a que tiene 'artículos complicados'. El titular de la Comisión de Salud del Senado, José Cano, ratificó que mañana se discutirá la iniciativa en el pleno de la Cámara, "con o sin dictamen". Sin embargo, reconoció que uno de los artículos del proyecto "es un poco complicado". Al igual que en la Cámara de Diputados, los senadores afrontan la última semana del período ordinario de sesiones sin contar con la seguridad de tratar los numerosos temas que quedaron sin tratamiento por la diferencia que separaron a oficialistas y opositores. En el Senado, el oficialismo dijo que concurrirá a la doble sesión convocada desde comienzos de mes para el miércoles y el jueves siempre que la oposición acepte lo que considera "una agenda razonable de temas" para debatir.
 Uno de esos temas pendientes es la discusión por la regulación de empresas de medicina prepagas, donde se debatirá un proyecto que, como denunciaron desde las compañías, "tal como está, pone en peligro el sistema de salud privado". El senador tucumano por la UCR y titular de la Comisión de Salud, José Cano, ratificó esta mañana en declaraciones a La Red que la iniciativa se tratará "con o sin dictamen" en el pleno de la Cámara. "Ha habido un compromiso ante el planteo de la moción de preferencia, el prescíndete del bloque del oficialismo, el senador Pichetto, aceptó que el día 24 se trate la ley con o sin dictamen", dijo el representante provincial. La semana pasada, el presidente de Swiss Medical Group y vicepresidente de la Cámara de Instituciones Médico Asistenciales (Cimara), Claudio Belocopitt, advirtió que la iniciativa atenta contra las prepagas y produciría "una hecatombe" en el sistema de salud privada. En tal sentido, Cano reiteró la necesidad de contar con una ley que regule la medicina prepaga, pero admitió que el proyecto tiene "artículos complicados". Uno de los artículos cuestionados es el 10, que señala que "las enfermedades preexistentes pueden establecerse por declaración jurada u otros medios complementarios a cargo de la entidad de medicina prepaga, y podrán ser tenidas en cuenta a efectos de admitir nuevos usuarios". Otro de los artículos controversiales es el 22, donde se estipula la obligación de las prepagas de mantener el 50% de su capital en una "reserva técnica" que garantice las prestaciones y el otro 50% en instrumentos financieros.

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