No se podrá fumar en partidos de fútbol, ni en recitales ni en terminales.
Rige desde hoy la reglamentación que limita la presencia de tabaco tanto en lugares públicos como privados. Quienes no cumplan la norma recibirán multas equivalentes al valor de entre 250 y 1.000 paquetes de cigarrillos. Ayer se publicó en el Boletín Oficial el decreto 757, que pone en marcha uno de los principales objetivos de la ley 26.687, que regula la publicidad, promoción y consumo de productos elaborados con tabaco, sancionada el 1 de junio pasado por el Congreso. Como primera medida, queda totalmente prohibido fumar, incluso, en eventos como recitales o eventos deportivos, y terminales de micros. Tampoco en oficinas, centros de enseñanza, hospitales, medios de transporte, museos, bibliotecas y espacios culturales. La segunda etapa está dirigida a las tabacaleras. Desde 2012 tendrán totalmente prohibida la publicidad de sus productos en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación. Al mismo tiempo, también estarán imposibilitadas de auspiciar actividades o eventos públicos. El tercer y último paso que contempla la nueva ley se dará sólo dentro de un año. La reglamentación obligará a las tabacaleras a incluir en los paquetes de cigarrillos una imagen y mensaje sanitario que describa los efectos nocivos que genera el consumo del tabaco según informa el diario El Cronista. Cabe aclarar que quienes no cumplan con lo pautado podrán ser sancionados con una multa equivalente al valor de entre 250 y 1.000 paquetes de cigarrillos de 20 unidades, de los de mayor precio comercial en el mercado. De reincidir, esa penalización crecerá hasta los 2.500 paquetes.
Rige desde hoy la reglamentación que limita la presencia de tabaco tanto en lugares públicos como privados. Quienes no cumplan la norma recibirán multas equivalentes al valor de entre 250 y 1.000 paquetes de cigarrillos. Ayer se publicó en el Boletín Oficial el decreto 757, que pone en marcha uno de los principales objetivos de la ley 26.687, que regula la publicidad, promoción y consumo de productos elaborados con tabaco, sancionada el 1 de junio pasado por el Congreso. Como primera medida, queda totalmente prohibido fumar, incluso, en eventos como recitales o eventos deportivos, y terminales de micros. Tampoco en oficinas, centros de enseñanza, hospitales, medios de transporte, museos, bibliotecas y espacios culturales. La segunda etapa está dirigida a las tabacaleras. Desde 2012 tendrán totalmente prohibida la publicidad de sus productos en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación. Al mismo tiempo, también estarán imposibilitadas de auspiciar actividades o eventos públicos. El tercer y último paso que contempla la nueva ley se dará sólo dentro de un año. La reglamentación obligará a las tabacaleras a incluir en los paquetes de cigarrillos una imagen y mensaje sanitario que describa los efectos nocivos que genera el consumo del tabaco según informa el diario El Cronista. Cabe aclarar que quienes no cumplan con lo pautado podrán ser sancionados con una multa equivalente al valor de entre 250 y 1.000 paquetes de cigarrillos de 20 unidades, de los de mayor precio comercial en el mercado. De reincidir, esa penalización crecerá hasta los 2.500 paquetes.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario