16 abr 2014

PROYECTO PARA MOTOS

EL CONCEJAL VIÑA PRESENTO UN PROYECTO PARA MOTOS.
Mas allá de diversos titulares en los diarios locales que muestran en primera plana titulares sobre la cantidad de motos que se patentan en nuestra ciudad, a tal punto que ubican a la misma como la primera ciudad en cantidad de motos patentadas en el año 2013, o aquellos que hacen referencia a que “el 35% de los internados en los hospitales son motociclistas”, cualquiera puede observar que realmente este vehículo, la moto, se ha transformado en un problema social.
Los motociclistas, obviamente ciudadanos comunes, se pueden llegar a convertir según el caso en:
a) Personas que circulan sin casco.
b) Personas que circulan con 2 o 3 pasajeros más, incluso menores
c) Personas que transitan en contra mano
d) Personas que circulan por la vereda
e) Personas que estacionan su vehiculo en la vereda
f) Personas que retiran 2 o 3 niños de la escuela
g) Personas que no respetan semáforos en rojo ni otras normas elementales de tránsito
h) Personas que atestan las guardias de los hospitales y salas de internación
i) Personas que arrebatan carteras o celulares
j) Personas que asaltan.
k) Personas que pierden la vida fácilmente en accidentes de transito
Todas estas transgresiones y/o delitos se producen necesariamente a bordo de una motocicleta.
En este sentido, el estado municipal en este caso, debe tomar medidas urgentes antes de que sea demasiado tarde de revertir toda esta vorágine de infracciones de tránsito, de accidentes y de delitos.
POR ELLO,
EL H CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Se crea el ámbito de la ciudad el Programa Moto Segura (PROMOSE), que tendrá una duración de 12 (doce) meses a partir de la promulgación de la presente
Artículo 2º: El PROMOSE estará a cargo del Departamento Motos que se creara dentro del ámbito de la Dirección de Transito de la municipalidad.
Artículo 3º: El PROMOSE prevé una serie de medidas, que el Departamento Ejecutivo podrá poner en practica total o parcialmente, durante un periodo de 12 (doce) meses contados a partir de la promulgación de la presente ordenanza.
Articulo 4º: El PROMOSE cuenta con las siguientes disposiciones:
a) Prohibición de circular en motocicleta con acompañante.
b) Prohibición de ingresar motocicletas a una zona determinada o en un horario determinado.
c) Prohibición de circular por espacios públicos, excepto la calzada y en el sentido del tránsito.
d) Prohibición de entregas de motocicletas cero kilómetro sin patente y sin seguro.
e) Obligación por parte de las concesionarias de incluir en el precio de venta y entregar un casco al momento de la venta de una motocicleta nueva o usada.
f) Creación de espacios de estacionamiento de motos en los primeros 30 (treinta) metros de cada cuadra donde este permitido estacionar.
Artículo 5º: Las violaciones a lo dispuesto en el articulo anterior serán sancionadas con el secuestro del vehiculo y una multa de 2000 U (Dos mil urbanos)
Articulo 6º: Durante la vigencia del Programa se duplicarán las sanciones previstas en el código de faltas cuando para infracciones cometidas con motocicletas.
Articulo 7º: El departamento ejecutivo realizara una permanente campaña de información y concientización sobre la vigencia y la necesidad de la aplicación del PROMOSE.
Artículo 8º: Los hospitales, sanatorios y centros asistenciales de la salud de la ciudad informarán mensualmente al municipio sobre los ingresos a las guardias de personas que hayan sufrido accidentes donde intervengan motocicletas.-
Artículo 9: Los gastos que demande la implementación de la presente ordenanza serán imputados al presupuesto de gastos y cálculo de recursos en vigencia.
Artículo 10: De forma.-

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