10 jul 2014

LA CAJA DEBERÁ REINCORPORAR A LOS DEPEDIDOS

La Justicia ordenó reincorporar a los despedidos de la CPA
La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones consideró que las cesantías son "un claro signo de impedimento en el ejercicio de la libertad sindical".  La Caja Popular de Ahorros (CPA) deberá reincorporar a los 36 trabajadores despedidos durante el 2013, o pagar una multa de $ 30.000 por cada día de mora. Así lo ordenaron los camaristas federales Juan Carlos Fernández Madrid y Luis Raffaghelli, que integran la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones y dictaron un fallo favorable a la Asociación Bancaria. "El despido de un trabajador por su acción sindical constituye un claro signo de impedimento u obstáculo en el ejercicio regular de los derechos de la libertad sindical que la ley garantiza, por lo que restablecerlo en su lugar de trabajo resulta imperativo sin perjuicio de la sentencia sobre el fondo de la cuestión", fundamentó el juez Raffaghelli, dando por hecho que los mencionados empleados fueron cesanteados por su afinidad con el sindicato, que mantiene un crudo enfrentamiento con el interventor de la Caja, Armando Cortalezzi. Por su parte, el juez Fernández Madrid advirtió que la entidad crediticia no respetó la Ley Nacional Nº 23.551 (de Asociaciones Sindicales) al violar la tutela sindical: "Esto se traduciría en la posibilidad de expresar libremente su opinión en protestas contra actos del empleador lo que a prima facie aparece como violatorio de dicha libertad y el artículo 53 que considera prácticas desleales a la adopción de 'represalias contra los trabajadores' en razón de su participación en medidas legítimas de acción sindical"
Por todo eso, en la sentencia los magistrados resuelven "ordenar a la Caja Popular de Ahorros a que reponga de inmediato en sus puestos de trabajo al personal a que se refiere la presente acción en las mismas condiciones en que se encontraban antes de los despidos, bajo apercibimiento de una multa de $ 30.000 por cada día de demora".

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