7 abr 2015

BUSCAN IMPLEMENTAR TARJETAS MAGNÉTICAS DESCARTABLES

El concejal Claudio Viña presento un proyecto, para implementar una tarjeta ciudadana descartable, para uno o dos viajes.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Recientemente se produjo en nuestra ciudad un colapso del sistema de recarga de la Tarjeta Ciudadana, por una supuesta caída de una antena en Córdoba.
Mas allá de los motivos de la misma, la situación dejo varados a miles de usuarios del transporte de colectivo por no tener previsto otro medio de pago o de acceso al transporte publico de colectivo. Esta anomalía podría haberse solucionado si la empresa Atos, desde un principio hubiera implementado el sistema de Tarjeta descartable de uno o dos viajes, elemento que existe en otras ciudades del país y fundamentalmente es usado para el pago del subte en la ciudad autónoma de Buenos Aires. Asimismo, de existir este medio de pago descartable podría también ser de utilidad a aquel ciudadano, pasajero ocasional del colectivo y fundamentalmente para los turistas que, habida cuenta de lo engorroso que significa conseguir por primera vez ser poseedor de una Tarjeta Ciudadana, prácticamente queda excluido de la posibilidad de viajar en colectivo cuando visita nuestra ciudad.







POR ELLO,

EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN MIUEL DE TUCUMAN, SANCIONA CON FUERZA DE:





ORDENANZA



Articulo 1º: Se establece para la empresa proveedora de la tarjeta magnética para acceso al transporte publico de pasajeros (Tarjeta Ciudadana) la obligatoriedad de poner a disposición del publico una tarjeta de viaje descartable de 1 (uno) y 2 (dos) viajes.





Articulo 2º: La mencionada tarjeta descartable podrá tener un valor de viaje superior hasta en un 20% (veinte por ciento) del valor del pasaje autorizado para la tarjeta magnética.



Articulo 3º: La tarjeta descartable podrá ser puesta a la venta en cualquier tipo de comercio habilitado en el ejido municipal, debiendo la empresa prestadora del servicio asegurar una masiva distribución de la misma.



Articulo 4º: La tarjeta descartable será puesta en vigencia y circulación en un plazo no mayor a 60 días corridos desde la publicación de la presente.



Articulo 5º: El departamento ejecutivo municipal realizara las adecuaciones contractuales necesarias con la empresa prestadora del servicio de tarjeta magnética a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la presente ordenanza.



Articulo 6º: De forma.-

    

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