29 oct 2010

LEY DE SALIDERAS

Promulgaron la ley de salideras. A través del Boletín Oficial, el PEN oficializó las nuevas medidas de seguridad en los bancos dispuestas por el Parlamento.A través de su publicación en el Boletín Oficial, quedó promulgada la Ley 26.637 que establece nuevas medidas de seguridad que deben adoptar las entidades financieras.Las normas dispuestas por el Congreso de la Nación establecen la obligatoriedad de contar en las líneas de cajas y cajeros automáticos con un sistema de protección con suficiente nivel de reserva que impida la observación de terceros.Asimismo deberán tener el Tesoro blindado (cemento y acero) para atesoramiento de numerario y/o de valores de terceros y /o cajas de seguridad en alquiler en el subsuelo o a nivel. Según dispone la norma, las mismas deben estar separadas de paredes medianeras, a prueba de incendio y de violación por elementos mecánicos o soplete oxhídrico.Contará con dos puertas, una de las cuales deberá ser dotada de cerradura tipo tripleconométrica; también con inhibidores o bloqueadores de señal que imposibiliten el uso de teléfonos celulares en el interior de las mismas, siempre que no afecten los derechos de terceros fuera de la sucursal, ni interfieran en otros dispositivos de seguridad.Además, el Banco Central podrá exigir dispositivos mínimos de seguridad diferenciados para las sucursales en función del numerario atesorado.La autoridad de aplicación de la ley será el Banco Central, el que tendrá sesenta días para emitir las normas reglamentarias; además brindará un informe anual a la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organos y Actividades de la Seguridad Interior.

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